AL SEÑOR:
RICARDO SAAVEDRA MAFFET
DIRECTOR SUPLENTE
SERVICIO DE SALUD IQUIQUE
PRESENTE/
I. DERECHO DE LOS FUNCIONARIOS DEL ESTAMENTO ADMINISTRATIVO QUE SE ENCUENTREN EN POSESION DE UN TITULO DE ENSEÑANZA SUPERIOR PARA ACCEDER AL ESTAMENTO PROFESIONAL:
La aspiración que por muchos años ha sido una esperanza de nuestros trabajadores que con gran esfuerzo personal y familiar, han cursado estudios superiores y actualmente se encuentran en posesión de un título de Enseñanza Superior, lo cual les permite acceder al Estamento Profesional, muchos de estos funcionarios, han efectuado reiteradas peticiones a la autoridad para lograr ser incorporados a dicho Estamento pero sin éxito y continúan cumpliendo funciones administrativas por lo general.
Por lo anterior y teniendo en consideración que Ud. se encuentra en una actitud positiva de incorporar a funcionarios al Estamento Profesional, es que venimos en solicitar a Ud. tenga a bien implementar un política de acceso al Estamento Profesional a favor de todos los funcionarios del Estamento Administrativo que se encuentren en posesión de un título de Enseñanza Superior, sobre las siguientes Bases:
PRIMERO: Iniciar un proceso de incorporación de estos trabajadores al Estamento Profesional, o que es factible, ya que simplemente se ocuparían los mismo cargos que actualmente los funcionarios del Estamento Administrativo ocupan, para ahora reconvertirlos en Profesionales.
SEGUNDO: Seleccionar a los funcionarios según la antigüedad de la obtención del título profesional y que éste haya sido obtenido siendo funcionario de la institución.
TERCERO: Proponer al funcionario incorporarse al Estamento Profesional para cumplir funciones profesionales, ya sea en la Unidad o Servicio respectivo o en otro lugar donde puedan ser requeridos. En caso de rechazo de parte del funcionario, éste deberá dejarlo por escrito y su cupo será utilizado por otro funcionario que le siga en antigüedad, según se ha señalado en la cláusula segunda.
CUARTO: Se deberá fijar una cuota anual de funcionarios, para el traspaso al Estamento Profesional, el cual no podrá ser inferior a cinco funcionarios por año.
QUINTO: En el caso de los funcionarios profesionales de la planta titular, éstos podrán acceder a dicho proceso ocupando un cargo a contrata. Si el funcionario, no aceptare, su negativa deberá dejarla por escrito y su cupo será utilizado por otro funcionario que le siga en antigüedad, según se ha señalado en la cláusula segunda. Esto es sin perjuicio de que estos profesionales puedan ver mejorada su situación laboral por medio de la Carrera Funcionaria, que es un sistema integral de regulación del empleo público, aplicable al personal titular de planta, fundado en principios jerárquicos, profesionales y técnicos, que garantiza la igualdad de oportunidades para el ingreso, la dignidad de la función pública, la capacitación y el ascenso, la estabilidad en el empleo, y la objetividad en las calificaciones en función del mérito y de la antigüedad.
Lo expuesto tiene como finalidad otorgar una real oportunidad a todos nuestros funcionarios que vieron en el estudio y preparación personal, una forma de superarse y aportar a nuestra institución, razón por la que sería muy importante que el Servicio de Salud Iquique:
a) Presente una intención concreta de responder a este esfuerzo, tal cual está ocurriendo en casos particulares, lo cual seria en justicia hacer extensivo este beneficio a todos aquellos funcionarios que tengan una igual condición profesional.
b) Iniciar gestiones concretas respecto de los funcionarios seleccionados que estén en posesión de un título de Enseñanza Superior.
II. POLITICA UNIFORME DE MEJORAMIENTO DE GRADOS
Lo anterior, va en perjuicio de una gran mayoría de funcionarios que se encuentran en iguales o mejores condiciones para acceder a los beneficios que Ud. ha estado otorgando en el último tiempo.
En este sentido, hacemos presente a Ud. que han surgido denuncias de los propios funcionarios de nuestra institución, quienes con impotencia ven situaciones en que se han beneficiado unos pocos, alterando el principio de la no discriminación que el Estado debe dar a sus funcionarios y a la igualdad ante la ley.
Hacemos presente a Ud,. que la FENATS siempre favorecerá políticas de mejoras salariales para todos los funcionarios, pero siempre que se basen en políticas transparentes, iguales y justas para todos los funcionarios de la salud y no sólo para un grupo privilegiado.
Esperando tener una pronta respuesta, se despiden muy atentamente de Ud.
PRESIDENTE
FENATS REGIONAL
LUIS MUENA BUGUEÑO
PRESIDENTE
FENATS DIRECCION SSI
PRESIDENTA
Fenats/2007
- DIRECTOR SERVICIO DE SALUD IQUIQUE.
- DIRECTOR HOSPITAL DR. ERNESTO TORRES GALDAMES IQUIQUE.
- DIRECTORA HOSPITAL COMUNITARIO SALUD FAMILIAR ALTO HOSPICIO.
- SUBSECRETARIO DE REDES ASISTENCIALES MINSAL.
- DEPARTAMENTO DE RELACIONES LABORALES MINSAL.
- FENATS DIRECCIÓN SERVICIO DE SALUD IQUIQUE.
- FENATS HOSPITAL DR. ERNESTO TORRES GALDAMES DE IQUIQUE.
- FENATS HOSPITAL COMUNITARIO DE SALUD FAMILIAR DE ALTO HOSPICIO.
- CONFENATS.